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5.9.1 Contrato de edición
5.9.2 Contrato de edición
de obra literaria con editor
5.9.3 Contrato de edición
de obra lilteraria con autor
5.9.4 Contrato de coedición
5.9.5 Bases de colaboración
interinstitucional
5.9.6 Convenio general
de coedición
5.9.7 Contrato de colaboración
remunerada
5.9.8 Contrato de cesión
de derechos
5.9.9 Acuerdo de autorización
para publicación
5.9.10 Acuerdo de pago
de regalías
5.9.11 Contrato de
prestación de servicios de impresión
5.9.12 Contrato de
distribución de publicaciones
5.9.13 Contrato de
traducción por encargo
5.9.14 Registro legal de convenios y contratos
Para que un autor externo o alguno universitario
por excepción, realice una obra por encargo a cambio de
un pago único y sin regalías, el instrumento que
se utiliza es el contrato de colaboración remunerada.
A través de este contrato la UNAM adquiere la titularidad
de los derechos patrimoniales, comprendidos el uso y la explotación,
durante la vida del autor y 100 años después de
su muerte, como se establece en los artículos
29 y 83 de
la Ley Federal del Derecho de Autor. Objeto de un contrato de
colaboración remunerada, son una obra completa, los capítulos
de una obra, los artículos para revistas y la toma de
fotografías, entre otros.
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