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4.3.1 Derecho moral
4.3.2 Derecho patrimonial
4.3.3 Cesión de
los derechos patrimoniales
4.3.4 Derechos conexos
4.3.5 El dominio público
Por otra parte, es necesario poner atención
en la figura del dominio público. Éste está relacionado
con las obras que están en condiciones de ser libremente
empleadas, una vez que dejaron de ser vigentes los derechos patrimoniales
del autor o el titular de éstos, según el artículo
29 de la LFDA, con la única restricción de
respetar los derechos morales del mismo, que son, entre otros
aspectos, imprescriptibles. El derecho patrimonial está vigente
durante la vida del autor y cien años después de
su muerte o la del último coautor, o bien, cien años
después de divulgada una obra.
Aspecto importante de este artículo lo es el caso de
un titular del derecho patrimonial, distinto del autor, que fallece
sin herederos. En esta situación el autor tiene la facultad
de explotar o autorizar la explotación de la obra, pero
si éste también ha muerto, corresponde al Estado
ese derecho, a través del INDAUTOR, el cual tendrá que
respetar los derechos adquiridos con anterioridad por terceros.
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