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4.3.1 Derecho moral
4.3.2 Derecho patrimonial
4.3.3 Cesión de
los derechos patrimoniales
4.3.4 Derechos conexos
4.3.5 El dominio público
Al hablar sobre el derecho moral, entendido éste
como la conciencia del ser humano y el respeto a su ser, se hace
referencia a que el autor de una obra es el “único,
primigenio y perpetuo titular”, porque este derecho está unido
a él en forma inalienable, imprescriptible, irrenunciable
e inembargable, haciéndose extensivo a los herederos.
Esto quiere decir que el autor de una obra no puede enajenar
su derecho moral, ni tampoco renunciar a él, además
de que éste no se extingue con el tiempo y no se le puede
incautar.
El derecho moral sólo puede ser ejercido por el Estado
cuando no hay herederos, la obra es del dominio público
o es anónima, o bien, cuando tenga un valor cultural para
el país. Amparado el derecho moral por la Ley Federal
del Derecho de Autor, un creador tiene el privilegio de gozar
de ciertas facultades, como:
- Determinar si su obra se divulga o permanece inédita;
- Registrar una obra a su nombre, con seudónimo o de
manera anónima;
- Evitar que su obra sea objeto de deformación, mutilación,
modificación o atentado, que le causen un perjuicio;
- No modificar su obra;
- Retirar su obra del mercado, y
- No le sea atribuida una obra ajena.
Al igual que en las publicaciones impresas, los autores de las
obras que conforman una publicación digital, desde los
textos hasta las imágenes, sonido, video o el diseño
de una interfaz, son, como lo señala la LFDA, los únicos,
primigenios y perpetuos titulares de los derechos morales sobre
sus creaciones. El derecho moral en este sentido está unido
también a los autores y ellos gozan de los mismos derechos
que el creador de una publicación impresa.
En la UNAM, los derechos morales sobre los acervos literarios
y científicos, como pueden ser libros o revistas, ya sean
impresos o digitales, pertenecen a los propios autores, aunque éstos
tengan una relación laboral con la Universidad. Según
el artículo
83 de la LFDA, debido a este vínculo de trabajo, lo
que pertenece a la UNAM son los derechos patrimoniales de las
obras, porque éstas son realizadas por los académicos
e investigadores en sus jornadas habituales.
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