EDICIONES PERIÓDICAS ELECTRÓNICAS EN DISCO ÓPTICO

Artículo 84

En la cara del disco óptico se imprimirá el título completo de la revista sin abreviaturas, el ISSN, número y periodo que comprende la edición, la leyenda "Universidad Nacional Autónoma de México" y el escudo de la UNAM.

Artículo 85

Las ediciones en disco óptico provistas de empaque con superficie adecuada para impresión, contendrán como mínimo los siguientes elementos:

I. En la carátula del empaque: título completo de la revista sin abreviaturas, el ISSN, número y periodo que comprende la edición, el pie editorial, es decir el sello editorial de la UNAM más la leyenda "Universidad Nacional Autónoma de México". Se podrá agregar, si lo permite el diseño de la cubierta, el nombre de las entidades académicas o dependencias editoras.

II. En la parte posterior del empaque:

1. El título de la revista completo sin abreviaturas.

2. Un sumario o contenido.

3. Los requerimientos técnicos mínimos para la lectura del disco óptico y su contenido.

4. Periodicidad, dependencia editora, nombre del director y/o del editor responsable de la publicación.

5. Domicilio de la publicación, números de certificado de licitud de título y contenido expedidos por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas, o bien la declaración de que se encuentran en trámite; número de registro de reserva de derechos al uso exclusivo de título expedido por el Instituto Nacional del Derecho de Autor de la Secretaría de Educación Pública, o bien la declaración de que se encuentra en trámite; así como una leyenda correspondiente a las limitaciones de uso y reproducción de la obra. Se incluirá también el tiraje.

6. En su caso, mención de que se trata de una revista académica arbitrada y del no-compromiso con la opinión de los autores.

7. Precio del ejemplar.

8. Se incluirá el número de registro ISSN y el código de barras. Cuando la parte posterior del empaque no esté utilizable para
impresión, se incluirán en la carátula los datos requeridos en los incisos 3, 5, 7 y 8 de esta misma fracción de artículo, y los datos requeridos en los incisos 2, 4 y 6 se podrán incluir en cualquier parte del empaque.

III. Si el empaque del disco compacto cuenta con lomo y costilla, en éstos se incluirá el título de la revista y cuando el diseño lo permita el número y periodo que comprende la edición, así como el escudo de la UNAM.

IV. En cualquier lugar del empaque se podrán consignar los créditos de ilustradores y diseño de arte impreso.

Artículo 86

La obra contenida en el disco óptico deberá apegarse a los lineamientos establecidos en el apartado de EDICIONES PERIÓDICAS ELECTRÓNICAS de estas disposiciones, con las siguientes adecuaciones:

I. A los datos requeridos en la fracción II del artículo 83 debe agregarse el tiraje.

II. A los datos requeridos en la fracción IV del artículo 83 se deberán añadir los créditos del diseño de arte impreso.

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